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Vehículos y otros artículos no pagarán aranceles desde enero

Santo Domingo.- El gobierno, anuncia que a partir del primero de enero del 2010, vehículos y una gran variedad de mercancías comenzarán a entrar libre de pago de impuestos arancelarios, en adición a los bienes que ya están en la llamada canasta “A” que pagan cero arancel, siempre que sean originarios de los países que conforman el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, Centro América y la República Dominicana (DR-CAFTA).

Informaron que dentro de los bienes que comenzarán a recibir los beneficios tasa cero, están las carnes de aves, pescados, mariscos, hortalizas, frutas; preparaciones alimenticias (tales como: jaleas y mermeladas, confituras o dulces, conservas de frutas); jabones y artículos de higiene (tales como: cepillo de dientes, cepillos de peinar, preparaciones detergentes).

También se incluyen materiales de empaques, calzados para usos especiales (tales como: botas de seguridad y calzados de protección), productos químicos, equipos electrónicos (tales como: cámaras y proyectores), baterías, neumáticos y partes para vehículos de motor (respuestos), entre otros productos.

Además de las mercancías y productos señalados anteriormente, tendrán una tasa de cero arancel los vehículos de motor que se encuentran en la categoría de desgravación “X”, los cuales tienen un arancel normal del 20% y se han venido desgravando desde marzo del 2007 hasta la fecha.

Los producto pueda ser beneficiado con la tasa cero debe ser originario de los países parte del acuerdo, entre los que están Estados Unidos de Norteamérica, Guatemala, Costa Rica, El Salvador, Honduras y Nicaragua.

Los bienes que se beneficiarán de la aplicación de la Tasa Cero se encuentran en la canasta “B” y forman parte de unas 374 subpartidas arancelarias cuyos gravámenes arancelarios ad-valoren normales son: 8, 14, 20 y 25%. Dijeron que otros detalles sobre la lista de productos que pasarán a pagar cero arancel por la entrada en vigencia a partir de éste 1ero de enero podrán ser vistas en las páginas Web: www.seic.gov.do/comercioexterior y www.dga.gov.do, respectivamente.