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Síndico de Bohechío rinde cuentas de ingresos y egresos

BOHECHIO.Jueves 13 Noviembre 2008.-Felipe Galva de la Rosa, Síndico de este Municipio rindió cuentas recientemente de los ingresos y egresos de ese cabildo, el cual ascendió a 13 millones 055.878, correspondiente a agosto de 2007 a julio del 2008.

El informe indica que hubo una inversión acendentes a 11 millones 927,795.54, quedando en fondo un millón 128,082.46.

Asunto. Entrega de informe
Con el objetivo de dar fiel cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 200-04, de acceso a la información publica y dada la solicitud, hecha por los firmantes de los documentos, de fecha 9 del mes de Octubre del año en curso, entregado a este ayuntamiento en fecha 14 del mismo mes de Octubre, recibida por el señor presidente del concejo de regidores; Sr. Ángel Y. Medina Sánchez.

Por medio de la presente estamos entregando lo indicado en su pedido de fecha 14-10-2008

1. El informe de Gestión Municipal de fecha comprendida Agosto 2007 a Julio 2008. En el mismo se encuentran contenidos, todos los detalles de ingresos y egresos, además anexos ejecutados durante el periodo mencionado mas arriba.

2. Las nominas solicitadas de Agosto y Septiembre 2008, además listado de becas, las pensiones y jubilaciones están contenidas en las nominas.

3. La guagua estudiantil se invirtieron mas de RD$150,000.00, en la compras de un motor y su reparación, la misma solo esta al servicio estrictamente estudiantil, por lo que este ayuntamiento, en lo que corresponde a nuestra gestión, nunca a usado este vehiculo para otros asuntos.

4. Las verjas del cementerio están contenidas en el presupuesto de este año y por lo mismo se esta concluyendo su reparación la cual terminara con la pintura, quiero refrescar la mente de los solicitantes que las mismas fueron destruidas no en la tormenta Gustavo del año 2008, sino en el pasado ciclón Yord Sept. 1998.

5. En cuanto a la reparación de las verjas de la Escuela, en visita que hiciéramos a la misma entregando útiles escolares como son mascotas lapiceros y lápices, le solicitamos a una comisión de profesores que nos hicieran llegar el presupuesto de dicha reparación y todavía los estamos esperando.

6. Refiriéndolo a la ambulancia, la misma se encuentra en el taller por piezas que no se encuentran en el país.

7. En cuanto a la reparación de la embajada de la asociación de estudiantes universitarios del municipio (ASEUBO), estaremos esperando el presupuesto para someterlo a la consideración del concejo municipal y ponerlo en el presupuesto del año entrante, quiero dejar por entendido que yo he sido parte importante de la misma desde su fundación.

Las demás informaciones contenidas en dichas solicitudes, como manejo de los combustibles, nombramientos, otros manejos internos, son asuntos de la pura responsabilidad administrativa, plasmadas en la Constitución de la Republica y en la Ley 176-07, según el Art. 60 y el presupuesto de cada año, además hacer referencia sobre las funciones del o la Vice-sindico(a) según el Art. 66.

Cito:
El Vice- sindico(a) ejercerá sus funciones bajo la dirección y supervisión del/ de la Sindico/a le corresponderá sustituir al sindico en los casos de ausencia temporal o definitiva del mismo, y desarrollara las actividades y actuaciones que el sindico/a les delegue y confiera.

Entendemos que estamos cumpliendo a medida que las disposiciones económicas nos lo permiten.

También queremos hacer, de sus conocimientos que con la modificación que sufriera la Ley 3455, por la Ley 176-07 en fecha 14 de julio del año 2007, así mismo fue modificado el clasificador municipal. Cualquier información e interpretación, el ayuntamiento esta a su disposición.

Con respecto a las siguientes documentaciones, como son copias de Cheques, Comprobantes de gastos, Formularios de ingresos, entre otros son documentos que solo estarán a la disposición de Auditores de la Cámara de Cuentas de la Republica, como Órgano externo según su propia Ley 10-04 y la Contraloría General de la Republica como Órgano interno según su Ley y sus reglamentos.

Queremos referirlos al Art. 25, de la citada Ley 200-04, letras a y c.
Cito:
a). Por Razones de evidente interés publico preponderante;
C. Cuando una publicación previa pueda generar desinformación o confusión general en el público.
Esta administración municipal, es del pueblo y para el pueblo, por tanto nosotros somos carta abierta a la municipalidad.

Con sentimiento de alta estima,

Atte.
SR. FELIPE GALVA DE LA ROSA y SR. ANGEL Y. MEDINA SANCHEZ
SINDICO MUNICIPAL y PTE DEL CONCEJO MUNICIPAL