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Concurso, Educación y ADP

La Asociación Dominicana de Profesores (ADP) asumió la defensa de los técnicos con funciones administrativas y docentes en las direcciones regionales y distritales del sistema educativo nacional. 

Están persuadidos de que con el llamado a concurso para cubrir algunos de esos puestos, mediante ternas, el Consejo Nacional de Educación, o el ministro mismo, viola la ley orgánica 66-97. 

Pero la ordenanza 24-2017, que ha dispuesto la celebración de concursos para la selección de los directores regionales y distritales, mediante ternas, establece en su artículo primero que la decisión se fundamenta en los artículos 109 y 115 de la misma ley orgánica 66-97. 

El Art. 109 establece que “la Dirección Regional de Educación y Cultura es el organismo ejecutivo de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura y dependerá de una Subsecretaría. Tendrá un Director que será designado por el Secretario de Estado de Educación y Cultura”. 

El Art. 115 asimismo establece que “el Distrito estará a cargo de una Dirección colegiada copuesta por un Director y Directores Adjuntos, los cuales serán seleccionados por el Secretario de Estado de Educación y Cultura de una terna propuesta por la Junta Regional de Educación y Cultura”. 

 La ADP entiende con la misma ley 66-97, que los puestos administrativos-docentes deben ser escogidos mediante concursos e invoca el artículo 139: “Art. 139.


Los cargos administrativo-docentes y técnico-docentes de los diversos niveles del sistema educativo público serán servidos previos concursos de oposición, o por oposición y méritos profesionales.

La oposición consistirá en la aplicación de pruebas y exámenes que se utilizarán para las personas que ingresen al servicio educativo. 

La oposición y méritos profesionales se utilizarán para los ascensos y promociones, y se tomará en consideración el desempeño en las labores que haya mostrado el aspirante”. 

Estamos pues ante una divergencia en la interpretación de la ley, con la cual el Consejo de Educación ha adoptado su resolución y la ADP ejerce su rechazo. 

El Ministerio obra en atención a una ordenanza del Consejo, donde está representada la ADP y le da cumplimiento. 

El gremio la cuestiona y plantea ahora que si se desecha la terna y se hace el concurso por oposición, no tendría ninguna objeción. Las partes, con sentido común, podrían entenderse…El Caribe digital.