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Obreros intoxicados, Accidente Ocupacional…….y algo más.

Distinguid Señor director: Bohechío Digital.

Sin lugar a dudas que el tema de los 27 obreros intoxicados, la muerte de tres de estos y el posible contagio de la hija de una de las victimas acaparó la atención de la población dominicana en los últimos días, sobre todo por el temor a una enfermedad poco conocida en nuestro medio. 

Me refiero en este artículo a este tema, pero desde el ámbito de la salud ocupacional, porque lo ocurrido fue un lamentable accidente de origen ocupacional que debe esgrimir para re-direccionar el ejercicio de la salud ocupacional en la Republica Dominicana. 

 La OMS define Salud Ocupacional como una actividad multidisciplinaria que promueve o protege la salud de los trabajadores para disminuir los accidentes y las enfermedades de origen ocupacional mediante la disminución de los riesgos. 

 En el trabajo los riesgos pueden ser físicos, químicos, biológicos y ergonómicos, y según la rama de producción y la presencia de estos riesgos se le dan una categoría que van desde 1 a la de menor riesgo hasta 5 a la de mayor riesgo y obviamente que el trabajo en minas, fosas, excavaciones, sótanos, espacios confinados, tienen un alto riesgo y que ningún empleador sin verificar ese riesgo y tomar las medidas para disminuirlo puede asignar trabajadores sean por contrato formal o informal, sin darle orientación, sin prepararlos y dotarlos para el uso de los medios de protección individual y sin supervisar su uso, además de tener garantizado los primeros auxilios y atención médica especializada en caso de que ocurra un accidente. 

 Si bien es cierto que en nuestro país la salud ocupacional es una disciplina relativamente nueva, también es cierto que disponemos de herramientas legales como es el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, con instituciones que deben promover la prevención laboral como es el Ministerio de Trabajo a través de la Dirección de Higiene y Seguridad industrial y la Administradora de Riesgo Laboral (ARL). 

 En las propias empresas o instituciones sin importar la rama de producción si tienen 15 o más trabajadores deben formar un comité de seguridad e higiene que es un mecanismo que se encarga entre otros temas de impulsar la seguridad en cada puesto de trabajo, alertar frente a la situación de riesgo y educar a los trabajadores, sobre todo en el uso de los equipos de protección individual. 

 Es necesario organizar y exigir a las entidades responsables de la política seguridad y salud laboral y la de administrar los riesgos laborales, cumplir con esa misión, la dirección de salud seguridad en el trabajo sea más enérgica exigiendo aplicación del reglamento 522-06 y sancionando a quienes incumplen con el mismo. 

Romper con la práctica habitual del cuerpo de inspectores del ministerio de trabajo de supervisar aquellos espacios laborales que tienen menor riesgo, y no lo que tienen mayor, trabajar para que se genere una cultura de prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales y que ningún trabajador se exponga sin garantía para que otro accidente lamentable como este no vuelva a ocurrir.

Trabajamos para vivir no para enfermar o morir. 

 Dra. Carmen Adames Médico Epidemióloga 
 Especialista en Salud Ocupacional. 22/09/2015