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Danilo suspende persiones

bohechiodigital@gmail.com.-Mediante el decreto 616-12, el presidente Danilo Medina Sánchez, ordenó ayer domingo a la Contraloría General de la República, suspender todo aporte de fondos públicos a los fondos y planes complementarios de pensiones, para evitar cualquier uso inapropiado por las instituciones para con los planes de pensiones de sus directivos y empleados.

El Poder Ejecutivo indica que con el decreto se envía una clara señal de su compromiso con el buen uso de los fondos públicos.

 Específicamente, el decreto dispone que la Contraloría de inmediato debe suspender todo aporte de Fondos Públicos que realicen la Administración Central del Estado, las instituciones autónomas y descentralizadas y autónomas y descentralizadas financieras y no financieras, instituidas por la ley, las instituciones públicas de la seguridad social, las empresas públicas financieras y no financieras, los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional, a los Fondos y Planes Complementarios de Pensiones existentes.

El Poder Ejecutivo manifestó que la creación de esos Fondos Complementarios con partes mixtos puede generar déficit por no haberse contemplado los riesgos actuales o por el uso inadecuado de dichos fondos, siendo el Estado, el gerente final de los mismos y por tanto convirtiéndose en un factor de riesgo de las Finanzas Públicas.

Entre los considerandos del decreto se dispone que los aportados por las instituciones públicas a estos planes complementarios de Pensiones deben ser retornados a las mismas, para el correcto uso en el marco de sus presupuestos de gasto correspondientes. 

También instruye a que las instituciones públicas podrán crear Fondos de Pensiones Complementarios, siempre y cuando los mismos se sustenten sobre la contribución definida realizada única y exclusivamente por los afiliados y fundamentados en la capitalización individual que asegure la sostenibilidad financiera y el equilibrio económico.

Asimismo, indica el mandatario, que a pesar de la existencia de la Ley No 87-01 como marco regulador del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS) y sus normas complementarias, aún existen instituciones del Estado que mantienen fondos de pensiones no registrados en la Superintendencia de Pensiones (SIPEN).